000 02859nam a22003257a 4500
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_d2352
008 190301s2018 a ||||| |||| 00| 0 s d
020 _bINT
110 1 _96
_aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
245 1 1 _a"LARREA JOSE ADRIANO C/ FEDERACION PATRONAL SEG. S.A. Y OTRO S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL CON ART" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 _c2018
300 _a17 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Como lo ha sostenido esta Sala III en anteriores precedentes “existe una clara diferencia entre la impugnación y la nulidad de una pericia, cual es, que esta última se encuentra reservada, a la omisión de las formas procesales esenciales para su validez, pero no para el cuestionamiento de su contenido que se efectúa en el escrito de impugnación”. (cfr. Pauletti Ana Clara “Impugnación de pericias y demás contingencias posteriores al informe” Año 2012 N°2 pág. 63. El Dial.com). Las formas procesales se han cumplido en el trámite de la causa conforme lo marca nuestro ritual procesal, con lo cual, la nulidad, no era la medida adecuada para su impugnación.
505 0 _a2.- Cabe confirmar la sentencia que rechazó el pago de la indemnización por enfermedad profesional que fuera desconocida en sede administratival, por cuanto no encuentro razones científicas para apartarme del informe del especialista que concluye en que ambas patologías del demandante -auditiva y de columna- no poseen nexo causal con las tareas desarrolladas para la empresa, con lo que, no puedo más que concluir en que las enfermedades denunciadas no son susceptibles de ser vinculadas con el trabajo y en consecuencia, ha quedado sin sustento la pretensión fundada en la LRT para obtener la prestación dineraria derivada de dicho régimen especial.
505 0 _a3.- Corresponde elevar a 4 jus los honorarios regulados a cada uno de los letrados de la parte actora por su actuación en la excepción de prescripción que fue rechazada y mantener en 7,14 jus justipreciados para la letrada patrocinante de la excepcionante.
518 _a18/12/2018
650 7 _2SAIJ
_aACCIDENTE DE TRABAJO
_9112
650 0 _2SAIJ
_aENFERMEDAD PROFESIONAL
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_aINFORME PERICIAL
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_aIMPUGNACION Y NULIDAD DE LA PERICIA
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_aHONORARIOS PROFESIONALES
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650 0 _2SAIJ
_aEXCEPCION DE PRESCRIPCION
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700 1 _921
_aGhisini, Fernando Marcelo
700 1 _92
_aClerici, Patricia Mónica
774 _aEXP 413587/2010
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2352.pdf
942 _2ddc
_cINT