000 02709nam a2200313Ia 4500
999 _c2181
_d2181
008 181220t2018 xx 000 0 und d
020 _bSEN
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
_96
245 1 1 _a"VILLEGAS LUCAS SAUL FRANCO C/ MUNICIP. DE VILLA EL CHOCON S/ ESCRITURACION" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 _c2018
300 _a18 p.
_bpdf
505 0 _aEl municipio demandado deberá otorgar la pertinente escritura traslativa de dominio del lote sobre el cual oportunamente suscribió con el actor un boleto de compraventa para su adquisición mediante el pago de un adelanto en efectivo -40%- y el saldo, financiado en treinta y seis (36) cuotas mensuales y consecutivas que a la fecha se encuentran totalmente abonadas y canceladas, pues el comprador cumplió con el ingreso de valores pactados y la vendedora los percibió, al haber ésta, primero, fijado y luego consentido, dicha modalidad para el depósito de las 36 cuotas mensuales.
505 0 _a2.- […] si bien el plan de pagos pactado era por 36 cuotas mensuales, y el actor ocupó a tal fin 42 mensualidades al mismo fin -entre octubre de 2003 y marzo de 2007- excediéndose sólo en 6 meses, no cabe otra conclusión que ello fue consentido por la Vendedora que no puede pretender ahora que fue ajeno a ello al haberlo tolerado en el tiempo. Y tan es así que nunca instó el procedimiento de caducidad previsto en la Cláusula 2, a pesar de que invoca haberlo resuelto, con sustento en una misiva que habría remitido, y que motiva concretar el siguiente análisis para destacar el yerro en que se incurre.[…] Concretamente, nunca se le aplicó la penalidad de que había caducado el plan, porque en todo caso, ello hubiera derivado en que se le debía intimar el pago de todo el saldo adeudado en 15 días, que es lo que tampoco se acreditó que la Vendedora hubiera dispuesto ni notificado, de tal forma de poder tener por reunidos los presupuestos que se informan como causal de la resolución contractual unilateral.
518 _a23/10/2018
653 _aADQUIRENTE POR BOLETO DE COMPRA VENTA
653 _aATRASO EN EL PAGO DE CUOTAS
653 _aCANCELACION DEL SALDO
653 _aDEMANDA DE ESCRITURACION
653 _aDEMANDA PROCEDENTE
653 _aLOTE
653 _aPAGO
653 _aPOSESION
653 _aPROCESOS ESPECIALES
653 _aTASA RETRIBUTIVA
700 1 _aGhisini, Fernando Marcelo
_921
700 1 _aMedori, Marcelo Juan
_93
774 _a471112-
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2181.pdf
942 _addc
_cSEN
_2ddc