000 | 03283nam a2200301Ia 4500 | ||
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999 |
_c2172 _d2172 |
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008 | 181220t2018 xx 000 0 und d | ||
020 | _bSEN | ||
110 | 1 |
_aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I _95 |
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245 | 1 | 1 |
_a"ENRIQUEZ RAMON C/ PREVENCION ART S.A S/ENFERMEDAD PROFESIONAL CON ART" / _cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I |
260 | _c2018 | ||
300 |
_a22 p. _bpdf |
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505 | 0 | _a1.- Para el reconocimiento como enfermedad profesional, la patología debe ser producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. Como hemos visto, los micro traumatismos producidos por el constante tránsito por caminos de ripio, con pozos y en deficiente estado, ha sido explicado en términos médicos causales por la perito para la lumbalgia postraumática, en criterio que no logra ser desvirtuado. Frente a este cuadro, la circunstancia de que no estuviera listada como enfermedad no es óbice para su reconocimiento. | |
505 | 0 | _a2.- “Si bien es cierto que el actor no acudió a la Comisión Médica Central, sí lo hizo ante la local, la que negó el carácter de enfermedad profesional a la dolencia del demandante , siendo cuestionada tal decisión mediante la acción de autos. Ello determina que encontrándose acreditado en el sub lite la relación causal entre el trabajo y la dolencia del trabajador, ésta resulta ser, entonces, una contingencia prevista en la Ley 24.557, por la que la ART se encuentra obligada a responder, de acuerdo con lo establecido en el art. 6 de dicho régimen legal” (Sala II de esta Azada en la ya citada causa “Monsalve”). | |
505 | 0 | _a3.- Si un peritaje sólo puede impugnarse mediante la demostración cabal de la incompetencia técnica, la crítica debe sustentarse sobre bases sólidas demostrativas de la equivocación del experto; la objeción debe contener fundamentos válidos que formen la convicción del magistrado sobre su procedencia, debiendo reunir la suficiente fuerza para lograr evidenciar la falta de idoneidad, competencia o principios científicos del dictamen; en definitiva, debe constituir una "contrapericia" y, por ende, contener una adecuada explicación de los principios científicos o técnicos en los que se la funde: por ello no puede ser una mera alegación de los pareceres subjetivos o de razonamiento genéricos del contenido del dictamen... | |
505 | 0 | _a4.- Siendo los rubros controvertidos una ganancia para el trabajador por los servicios prestados o que debiera prestar, constituyen salario en los términos del art. 1 del convenio 95 de la OIT. Y ello, más allá de la consideración que en el Convenio colectivo se hubiera efectuado, en tanto resulta violatorio del orden público laboral. | |
518 | _a25/09/2018 | ||
653 | _aACCIDENTE DE TRABAJO | ||
653 | _aBASE DE CALCULO | ||
653 | _aDETERMINACION DE LA INCAPACIDAD | ||
653 | _aENFERMEDAD ACCIDENTE | ||
653 | _aINDEMNIZACION POR INCAPACIDAD | ||
653 | _aLEY DE RIESGOS DEL TRABAJO | ||
653 | _aPERICIAL MEDICA | ||
700 | 1 |
_aPascuarelli, Jorge Daniel _94 |
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700 | 1 |
_aPamphile, Cecilia _932 |
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774 | _a504354 | ||
856 | _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2172.pdf | ||
942 |
_addc _cSEN _2ddc |