000 02133nam a2200277Ia 4500
999 _c1881
_d1881
008 181220t2018 xx 000 0 und d
020 _bINT
110 1 _aCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
_98
245 1 1 _a"VAZQUEZ TATIANA VANINA C/ SUCESORES DE SEPULVEDA ROGELIO OSVALDO S/ RECLAMACION DE FILIACION" /
_cCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
260 _c2018
300 _a7 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Dada la naturaleza personal de la presente acción, teniendo en cuenta el fin del proceso sucesorio y las importantes consecuencias jurídicas que el reconocimiento de la filiación de un ser humano trae aparejadas en relación al proceso universal del supuesto padre es lógico que el proceso filiatorio sea absorbido por el fuero de atracción del sucesorio.
505 0 _a2.- … en relación a la persistencia del fuero de atracción, luego de la mencionada reforma de la ley de fondo, Nuestro Máximo Tribunal Nacional ya ha señalado que dicho fuero de atracción pasivo subsiste con idéntico alcance que en el código velezano. (CSJN, P.G.N. c. F., A. s/ Filiación, de fecha 24 de septiembre de 2015). [ … ] En igual sentido, “ninguna duda queda en cuanto a que esta acción de naturaleza personal, a través de la cual se procura el reconocimiento de un estado de familia, y consecuentemente un llamamiento a la herencia (ver fs. 3 vta.), se encuentra alcanzada por el fuero de atracción del sucesorio, que es de orden público …
518 _a07/06/2018
653 _a2336/CCC
653 _aART
653 _aCOMPETENCIA
653 _aFILIACIÓN
653 _aFILIACION POST MORTEM
653 _aFUERO DE ATRACCION
653 _aPROCESO SUCESORIO
700 1 _942
_aTroncoso, Dardo Walter
700 1 _915
_aBarroso, Alejandra
774 _a78936
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1881.pdf
942 _addc
_cINT
_2ddc