000 02356nam a2200277Ia 4500
999 _c1855
_d1855
008 181220t2018 xx 000 0 und d
020 _bSEN
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
_96
245 1 1 _a"TORIBIO MIRTA MARGARITA C/ PINO JUAN EDUARDO Y OTROS S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 _c2018
300 _a11 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Conforme las facultades otorgadas por el arto. 165 del CPCyC, corresponde reducir el monto de la indemnización otorgada por el rubro “privación de uso” en $ 1500, ello así en función de los días que llevará la reparación (3 días) determinada en el presupuesto y la pericia realizada. Se entiende como “privación de uso” el tiempo en que la unidad no podrá ser utilizada por las reparaciones que corresponde hacerle a consecuencia del accidente, está debidamente probado.
505 0 _a2.- No resulta aplicable el límite dispuesto por el art. 730 in fine del código vigente (incidencia de la condena en costas sobre el capital de condena), por cuanto el Tribunal Superior de Justicia ha determinado la inconstitucionalidad del precepto en cuestión conforme los precedentes “Yerio” (del 18 de diciembre de 1.996) y “Lowental” (del 15 de febrero del 2.000), doctrina que ha seguido esta Cámara en forma invariable. [ … ] Si bien los pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia se refieren a la norma del Código Civil (art. 505), siendo el actual art. 730 del Código Civil y Comercial de idéntico tenor que el anterior, los fundamentos dados por el tribunal en su oportunidad (facultades reservadas de las provincias para dictar sus códigos procesales) resultan aplicables en relación a la nueva legislación.
518 _a22/05/2018
653 _a730/CCC
653 _aACCIDENTE DE TRANSITO
653 _aART
653 _aCONDENA EN COSTAS
653 _aDAÑOS Y PERJUICIOS
653 _aINCONSTITUCIONALIDAD
653 _aPRIVACION USO DEL AUTOMOTOR
700 1 _aMedori, Marcelo Juan
_93
700 1 _aGhisini, Fernando Marcelo
_921
774 _a505703-
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1855.pdf
942 _addc
_cSEN
_2ddc