000 02425nam a2200289Ia 4500
999 _c1739
_d1739
008 181220t2018 xx 000 0 und d
020 _bSEN
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
_96
245 1 1 _a"CROCHE LUCIANA GISELA C/ INC SA S/ DESPIDO POR CAUSALES GENERICAS" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 _c2018
300 _a18 p.
_bpdf.
505 0 _aCorresponde modificar la sentencia de grado que otorga la indemnización por despido indirecto y revocar el rubro daño moral, pues la demora de la empleadora en responder el requerimiento de la actora, antecedente del despido indirecto, no importa una desigualdad de trato que pueda ser reprochada por el art. 1º de la Ley 23592, desde que ese retraso no impidió, obstruyó, restringió o menoscabó arbitrariamente el ejercicio de un derecho de la trabajadora derivado de su estado de salud, considerando que bien pudo insistir en su planteo tal como había sido considerado en el transcurso de los 5 meses anteriores, y fundamentalmente porque la notificación que se le había cursado no contenía apercibimiento específico alguno por no reintegrarse: descuento de haberes, o sanciones de apercibimiento, suspensión o el despido. Lo expuesto a su vez se concatena con la circunstancia de que no existe registro objetivo de una conducta de la empleadora que luego de incorporarse de su licencia por maternidad, refleje su contrariedad con las licencias dispensándole maltrato o que se le hayan aplicado sanciones, y todo lo informado se refiere a episodios anteriores. 2.- El recaudo de “mensual” significa que no se debe incluir en la base a considerar aquello que aun siendo remuneratorio, no se liquida y percibe en forma mensual, tal el Sueldo Anual Complementario (SAC).
518 _a27/03/2018
653 _aACTO DISCRIMINATORIO
653 _aCONTRATO DE TRABAJO
653 _aDAÑO MORAL
653 _aDESPIDO INDIRECTO
653 _aEXCLUSION DE LA BASE DE L CALCULO
653 _aIMPROCECENCIA
653 _aINDEMNIZACION POR DESPIDO
653 _aPRUEBA
653 _aSUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO
700 1 _aGhisini, Fernando Marcelo
_921
700 1 _aMedori, Marcelo Juan
_93
774 _a500395-
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1739.pdf
942 _addc
_cSEN
_2ddc