000 02814nam a2200337Ia 4500
999 _c1492
_d1492
008 181220t2017 xx 000 0 und d
020 _bAC
110 1 _aCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
_98
245 1 1 _a"GARRIDO CRISTIAN GASTON C/ TEXEY S.R.L. S/ COBRO DE HABERES" /
_cCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
260 _c2017
300 _a8 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Corresponde desestimar el planteo de nulidad de la sentencia fundado en que omitió tanto la mención del nombre del actor y dar fundamento al acogimiento de los distintos rubros por los que progresó la acción, por cuanto el nombre del actor consta en el titulo vistos y los rubros de procedencia han sido debidamente fundados, en el marco del procedimiento afectado por la incontestación de la demanda según arts. 30 de la ley 921 y 60 y 356 inc. 1 del CPCC, remitiéndose en cuanto a la liquidación a la pericia contable realizada en autos.
505 0 _a 2.- Resulta improcedente el cuestionamiento del empleador a la liquidación del acta acuerdo efectuada en forma proporcional para el mes de enero (siete días), aduciendo que tenía hasta el cuarto día hábil para su pago y siempre que estuviera vigente la relación laboral, afirmando que el último día hábil coincide con el día de despido, por lo cual la relación ya se había extinguido, pues pues el argumento cae por su propio peso, en tanto el despido fue formulado el 7 de enero, de manera que el contrato se extingue a partir del día siguiente de la notificación, devengándose los créditos laborales hasta esa fecha.
505 0 _a3.- Corresponde confirmar la multa del art. 80 LCT, por cuanto si bien los certificados fueron puestos a disposición en el intercambio telegráfico, tal como arguye el apelante –demandado-, los mismos no han sido acreditados en autos en forma alguna, es decir, que no se comprueba que fueran efectivamente confeccionados y que haya sido verídica la oferta de entrega.
518 _a15/11/2017
653 _aACTA ACUERDO
653 _aCARACTER RECEPTICIO DEL DESPIDO
653 _aCERTIFICADO DE TRABAJO
653 _aCONTRATO DE TRABAJO
653 _aDESPIDO
653 _aINDEMNIZACION POR DESPIDO
653 _aLIQUIDACION
653 _aMULTA
653 _aNOMBRE DE LA PARTE ACTORA
653 _aNULIDAD DE SENTENCIA
653 _aSENTENCIA
700 1 _aTroncoso, Dardo Walter
_942
700 1 _aCalaccio, Gabriela Belma
_919
774 _a69477-2015
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1492.pdf
942 _addc
_cAC
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