000 01965nam a2200241Ia 4500
999 _c1345
_d1345
008 181220t2017 xx 000 0 und d
020 _bSEN
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
_95
245 1 1 _a"OLIVELLA CARLOS C/ ARGENCOBRA S.A. S/ COBRO ORDINARIO DE PESOS BENEFICIO 446869/11” /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
260 _c2017
300 _a3 p.
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505 0 _aSi bien es criterio de esta Sala que en los juicios de daños y perjuicios, aun cuando no se admita la procedencia de todos o algunos rubros reclamados o cuando los montos acordados sean inferiores a los originariamente pretendidos por la parte las costas deben ser íntegramente soportadas por la autora del daño (cfr. CASTILLO HECTOR FABIAN C/ GUARESCHI NESTOR A. Y OTRO S/ D.Y P. - MALA PRAXIS”, JNQCI2 EXP 369705/2008) y “MARAMBIO ALBERTO C/ COOP.FRUTIC. Y DE CONS. LA FLO Y OTRO S/ ACCIDENTE ACCION CIVIL”, JNQCI1 EXP 327220/2005 ACUMULADOS CON LOS AUTOS “URBINA NESTOR FABIAN C/ COOPERATIVA LA FLOR LTDA. s/ ACCIDENTE ACCIÓN CIVIL”, Expte. N° 327220/5), en el caso de autos, el reclamo por daños y perjuicios fue desestimado en su totalidad. En consecuencia, sólo prosperó parcialmente la petición de reintegro de las sumas retenidas por la demandada. A partir de lo expuesto, corresponde imponer las costas de la instancia de grado en un 50% a cada parte (art. 71 del C.P.C. y C.) y de las de esta etapa al actor vencido (art. 68 del C.P.C. y c).
518 _a26/09/2017
653 _aACCION DE REINTEGRO
653 _aCOSTAS
653 _aDAÑOS Y PERJUICIOS
653 _aGASTOS DEL PROCESO
653 _aIMPOSICION DE COSTAS
700 1 _aPamphile, Cecilia
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700 1 _aPascuarelli, Jorge Daniel
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774 _a446870-2011
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1345.pdf
942 _addc
_cSEN
_2ddc