000 02457nam a2200337Ia 4500
999 _c1315
_d1315
008 181220t2017 xx 000 0 und d
020 _bSEN
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
_91
245 1 1 _a"BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ MONTENEGRO ELEADORO Y OTRO S/ COBRO EJECUTIVO" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 _c2017
300 _a27 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Entre la primacía de la Ley de defensa del consumidor, de la normativa cartular o composición de ambas, me inclinaré por esta última con la expresa aclaración que la Ley del consumidor no se aplica de oficio, salvo si es invocada por el deudor, rige exclusivamente cuando se trata de obligados directos –librador, beneficiario- y no cuando el título ha circulado de acuerdo con la ley de circulación de dichos documentos y los requisitos exigidos por el artículo 36 de la ley 24.240, obviamente, no se encuentran en el título sino en los documentos que acreditan la causa del mismo.
505 0 _a2.- Si se está ante la presencia de un tercero debidamente legitimado sigue plenamente vigente la imposibilidad de analizar la relación sustancial. En cambio cuando se trata de obligados directos y estamos en presencia de un título de consumo es pertinente analizar si la relación sustancial reúne los recaudos previstos por el artículo 36 de la ley consumeril.
505 0 _a3.- Toda vez que la demandada no ha demostrado el perjuicio que le causa el supuesto incumplimiento del artículo 36 de la ley 24.240 que invoca y dado que la documental, el pagaré y la demanda permiten tener por cumplidos los requisitos exigidos por la norma en cuestión, es que el rechazo de la defensa causal interpuesta se impone.
518 _a14/09/2017
653 _aEXCEPCION DE INHABILIDAD DE TITULO
653 _aLEY APLICABLE
653 _aLEY CAMBIARIA
653 _aLEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
653 _aOBLIGADOS DIRECTOS
653 _aPAGARES
653 _aPROCESO DE EJECUCIÓN
653 _aRELACION DE CONSUMO
653 _aSUJETOS OBLIGADOS
653 _aTITULO HIPOTECARIO
653 _aTITULOS CAMBIARIOS
700 1 _aClerici, Patricia Mónica
_92
700 1 _aGigena Basombrio, Federico
_922
774 _a505385-2013
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1315.pdf
942 _addc
_cSEN
_2ddc