000 02667nam a2200277Ia 4500
999 _c1264
_d1264
008 181220t2017 xx 000 0 und d
020 _bINT
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
_91
245 1 1 _a"BARRERA VICTOR ANGEL C/ OIL ADDPER SERVICE S.R.L. Y OTROS S/ D.Y P. X USO AUTOM C/ LESION O MUERTE" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
300 _a3 p.
_bpdf
505 0 _a1.- En cuanto a la legitimación para cuestionar la imposición de las costas, con recurrencia, esta Cámara ha señalado que el abogado no puede apelarla por su propio derecho, por tratarse de un tema que se resuelve sólo entre quienes son parte en el litigio, dado que inciden sobre ellos y no sobre quienes los asisten (v. causa N° Nº 321742-CA-5, resolutorio del 1 de noviembre de 2005, Sala I).
505 0 _a2.- No deben confundirse los efectos del convenio respecto de las partes con los atinentes a los terceros, como lo son los profesionales intervinientes, quienes no pueden oponerse a la transacción celebrada entre las partes, tanto respecto de las pretensiones principales como en lo relativo a la forma de distribuir las costas, toda vez que su derecho se limita al cobro de sus honorarios (v. causa Nº 472704/2012, resolutorio del 27 de Octubre del año 2015, de esta Sala II).
505 0 _a3.- Cabe confirmar la resolución que le impone al mandante del letrado recurrente el pago de sus honorarios, pues la transacción se celebró mientras el juicio se encontraba abierto a prueba, por lo que se desconoce si la acción hubiese prosperado o no respecto del representado; a más de que el convenio arribado beneficia a esta última parte, dado que a su respecto también se ha extinguido el crédito de la actora, conforme surge de la cláusula 3 (“La actora declara que, homologado judicialmente este convenio y percibidas las suma acordadas precedentemente, no tendrá nada más que reclamar en contra del conductor del vehículo, el asegurado, su titular registral (…) ni con ninguna otra persona, por el accidente de tránsito que motiva este juicio…)”.
518 _a8/29/17
653 _aACUERDO TRANSACCIONAL
653 _aCOSTAS
653 _aGASTOS DEL JUICIO
653 _aHONORARIOS A CARGO DEL MANDANTE
653 _aHONORARIOS DEL ABOGADO
653 _aLEGITIMACION PARA APELAR
700 1 _aGigena Basombrio, Federico
_922
700 1 _92
_aClerici, Patricia Mónica
774 _a450411-2011
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1264.pdf
942 _addc
_cINT
_2ddc