000 02282nam a2200253Ia 4500
999 _c115
_d115
008 181220t2015 xx 000 0 und d
020 _bAC
110 1 _aTribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
_937
245 1 1 _a"PROVINCIA DEL NEUQUÉN C/ RADOCAJ JORGE S/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA" /
_cTribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
260 _c2015
300 _a5 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Corresponde hacer lugar al allanamiento formulado por la accionada porque se encuentran reunidos los requisitos formales, en tanto el allanado es capaz y los derechos sustanciales materia del proceso son disponibles, no estando comprometido el orden público. Luego, en atención a las razones de derecho expuestas en la demanda, el fundamento jurídico que respalda la acción y las constancias documentales acompañadas, se impone dictar la resolución respectiva a tenor del art. 161 (cfme. último párrafo art. 307 del C.P.C.C. ) en los términos de la pretensión reconocida. En este orden, dándose las circunstancias contempladas en el art. 7 y 13 del Decreto 1494/92 – Reglamento que ordena la gestión del Módulo de Deudas con la Administración Pública Provincial que registre el personal, originadas en su relación laboral- corresponde hacer lugar a la demanda promovida.
505 0 _a2.- En relación con los intereses de la suma reclamada, corresponden desde la fecha de su intimación, cuando la demandada debía haber cumplido con la restitución de lo percibido, conforme el art. 7 del Decreto 1494/02, 3.- En cuanto a las costas, toda vez que la demanda fue precedida de un requerimiento extrajudicial de pago de lo adeudado, que no fue respondido, es claro que el posterior reconocimiento efectuado en el responde no la libera de los efectos de la mora, tanto respecto de los intereses como en relación con las costas, la que deberán ser soportadas por la demandada.
518 _a21/09/2015
653 _aALLANAMIENTO
653 _aCOSTAS
653 _aEFECTOS
653 _aINTERESES
653 _aMODOS ANORMALES DE TERMINACIÓN DEL PROCESO
700 1 _aMassei, Oscar Ermelindo
_928
700 1 _aKohon, Ricardo Tomás
_923
774 _a6014-2014
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/115.pdf
942 _addc
_cAC
_2ddc