000 02096nam a2200229Ia 4500
999 _c1025
_d1025
008 181220t2017 xx 000 0 und d
020 _bINT
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
_96
245 1 1 _a"CASIN HORACIO JUSTO C/ SAN CRISTOBAL SOC. MUTUAL DE SEGUROS GENERALES Y OTRA S/ EJECUCIÓN DE HONORARIOS E/A 387194/2009" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 _c2017
300 _a6 p.
_bpdf
505 0 _a1.- […] constituye un principio procesal que “El derecho de los peritos a reclamar el pago de los gastos y honorarios devengados, por regla, puede ejercerse indistintamente contra cualquiera de las partes, quienes se han beneficiado por la labor pericial. Ello sin perjuicio del derecho de éstas de repetir entre sí, según sea el cargo de las costas (conf. Morello, Sosa, Berizonce, "Códigos Procesales en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires y de La Nación. Comentados y anotados", t. V-B, Ed. Librería Editora Platense, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1992, p. 474).
505 0 _a2.- Corresponde declarar procedente la ejecución de honorarios que el perito dirige a la parte demandada por el precio que excede a la proporción derivada de la imposición en costas - fue determinada la responsabilidad de cada una de las partes en el evento dañoso, 50% a cargo de la actora y 50% a cargo de los demandados- , pues tratándose de una obligación concurrente, el planteo – haber dado en pago la suma de $ 5079,50 correspondiente a la aludida proporción del 50 % de la condenación en costas- podrá plantearlo respecto a los restantes deudores, más no resulta oponible al acreedor.
518 _a04/05/2017
653 _aEJECUCION DE HONORARIOS
653 _aHONORARIOS DEL PERITO
653 _aPROCESOS DE EJECUCIÓN
700 1 _921
_aGhisini, Fernando Marcelo
700 1 _93
_aMedori, Marcelo Juan
774 _a3332-2016
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1025.pdf
942 _addc
_cINT
_2ddc