"JABAT ELISA ESTHER C/ MAXIMA A.F.J.P. Y OTRO S/ "COBRO DE HABERES / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Gigena Basombrio, FedericoLegajo: 394717-2009.Fecha de la Resolución: 01/09/2015.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO | DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD | DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO | FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA | INDEMNIZACION POR ANTIGÜEDAD | PARTE DISPOSITIVA | SENTENCIA | SINDICATO DEL SEGURORecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
1.- [...] la omisión de consignar literalmente en la parte resolutiva tal decisión (“declarar la inconstitucionalidad de…”), no conlleva por sí sola nulidad pretendida (eventualmente pudo ser objeto de recurso de aclaratoria, conforme el alcance del art. 166, 2° párrafo del Código Procesal), ya que conforme lo señalado anteriormente, ordena en los “considerandos”, pto. 3) “in fine” y pto. 4) (...), se calcule la indemnización de la actora, en base al art. 245 de la LCT (ley 25877), disponiendo una suma acorde con los lineamientos de tal norma y ello lo traslada al pto. I de la parte dispositiva (....), con lo cual, tampoco prosperará la queja sobre falta de fundamentos para decretar la inconstitucionalidad.
2.- [...] el análisis previo de legalidad que conlleva el dictado de homologación de un convenio colectivo por la autoridad administrativa (Secretaria de Trabajo de la Nación), no crea una suerte de valladar para la declaración de inconstitucionalidad de alguno de sus articulados, en caso de que resulte violatorio al orden publico laboral.
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1.- [...] la omisión de consignar literalmente en la parte resolutiva tal decisión (“declarar la inconstitucionalidad de…”), no conlleva por sí sola nulidad pretendida (eventualmente pudo ser objeto de recurso de aclaratoria, conforme el alcance del art. 166, 2° párrafo del Código Procesal), ya que conforme lo señalado anteriormente, ordena en los “considerandos”, pto. 3) “in fine” y pto. 4) (...), se calcule la indemnización de la actora, en base al art. 245 de la LCT (ley 25877), disponiendo una suma acorde con los lineamientos de tal norma y ello lo traslada al pto. I de la parte dispositiva (....), con lo cual, tampoco prosperará la queja sobre falta de fundamentos para decretar la inconstitucionalidad.

2.- [...] el análisis previo de legalidad que conlleva el dictado de homologación de un convenio colectivo por la autoridad administrativa (Secretaria de Trabajo de la Nación), no crea una suerte de valladar para la declaración de inconstitucionalidad de alguno de sus articulados, en caso de que resulte violatorio al orden publico laboral.

01/09/2015

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