"MUTEN C/ CAUQUOZ MARIA ELENA S/ DESALOJO SIN CONTRATO DE LOCACION" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Gigena Basombrio, FedericoLegajo: 475018-2013.Fecha de la Resolución: 06/10/2016.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): CLAUSULA DE OPCION DE COMPRA DEL INMUEBLE | CONTRATO DE COMODATO | CONTRATO DE LOCACION | JUICIO DE DESALOJO | LEGITIMACION | MEJORAS EN EL INMUEBLE | POSESION | PROCESOS ESPECIALES | RECHAZO DE LA ACCIONRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 7 p. pdf
Contenidos:
Debe revocarse la sentencia que admitió una acción de desalojo contra quien invocó ser la legítima propietaria del inmueble por encontrarse sujeta a su posesión con ánimo de dueña, ya que hizo valer la opción de compra pactada e introdujo importantes mejoras en el bien que superan el 50% de su valor, pues, tal como resulta de los propios contratos adjuntados por la actora y lo que expresa en su escrito de demanda, si bien es cierto que se firmaron contratos de locación y/o comodato, lo es también que todos ellos incluían una cláusula con opción a compra por parte de la locataria. Dicha opción, conforme resulta del intercambio epistolar intercambiado entre las partes y lo actuado ante la Defensoría del Pueblo, fue ejercida por parte de la demandada, bien que existen diferencias acerca del alcance de dicha cláusula, pero esa cuestión resulta ajena al trámite del proceso de desalojo.
Lista(s) en las que aparece este ítem: Desalojo, cláusula de opción de compra del inmueble, mejoras en el inmueble
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

Debe revocarse la sentencia que admitió una acción de desalojo contra quien invocó ser la legítima propietaria del inmueble por encontrarse sujeta a su posesión con ánimo de dueña, ya que hizo valer la opción de compra pactada e introdujo importantes mejoras en el bien que superan el 50% de su valor, pues, tal como resulta de los propios contratos adjuntados por la actora y lo que expresa en su escrito de demanda, si bien es cierto que se firmaron contratos de locación y/o comodato, lo es también que todos ellos incluían una cláusula con opción a compra por parte de la locataria. Dicha opción, conforme resulta del intercambio epistolar intercambiado entre las partes y lo actuado ante la Defensoría del Pueblo, fue ejercida por parte de la demandada, bien que existen diferencias acerca del alcance de dicha cláusula, pero esa cuestión resulta ajena al trámite del proceso de desalojo.

06/10/2016

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha