"ORTIZ MIGUEL ANGEL C/ PECOM SERVICIOS ENERGIA S.A. S/ DESPIDO POR OTRAS CAUSALES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Medori, Marcelo Juan | Ghisini, Fernando MarceloLegajo: 424237-2010.Fecha de la Resolución: 03/11/2016.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): ANTIGUEDAD | BONO POR OBJETIVOS | CERTIFICADO DE TRABAJO | CONTRATO DE TRABAJO | CUANTIFICACION | DESPIDO INCAUSADO | FORMAS DE PAGO | INDEMNIZACION POR DESPIDO | MULTA | PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS | REMUNERACION DEL TRABAJADOR | SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIORecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 14 p. pdf
Contenidos:
1.- […] en función de la categoría que detentaba el actor –cargo gerencial-, los elementos proporcionados por la empresa (vehículo, celular y computadora) si bien son a los fines de que pueda ejecutar su tarea, ello de manera alguna implica que no formen parte de su salario en especie - art. 105 de la LCT-, […]
2.- […] que ampararse en el distracto a fin de justificar el no pago del bono- que era otorgado por la empresa, de acuerdo al logro de objetivos particulares de cada trabajador -, cuando la propia empresa consideró que se trató de un despido sin causa, constituye una conducta que, por aplicación de la doctrina de los actos propios, no puede ser considerada para justificar la improcedencia del pago de los bonos reclamados en autos, […]
3.- Es procedente el cuestionamiento formulado por la parte demandada en orden a que no debe incluirse el SAC para el cálculo de la indemnización del art. 245 de la LCT, en función del criterio que viene sosteniendo esta Sala, entre otros en autos: “CARRASCO JORGE HUMBERTO CONTRA TEXEY S.R.L. SOBRE DESPIDO POR OTRAS CAUSALES”, (Expte. Nº 420662/2010), que establece que para el cálculo de la indemnización por antigüedad es necesario que el salario sea abonado de manera mensual.
4.- […] al no existir constancias de la entrega del “certificado de trabajo”, se encuentra acreditado el supuesto de hecho que da nacimiento a la multa prevista en el artículo 80, […]
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1.- […] en función de la categoría que detentaba el actor –cargo gerencial-, los elementos proporcionados por la empresa (vehículo, celular y computadora) si bien son a los fines de que pueda ejecutar su tarea, ello de manera alguna implica que no formen parte de su salario en especie - art. 105 de la LCT-, […]

2.- […] que ampararse en el distracto a fin de justificar el no pago del bono- que era otorgado por la empresa, de acuerdo al logro de objetivos particulares de cada trabajador -, cuando la propia empresa consideró que se trató de un despido sin causa, constituye una conducta que, por aplicación de la doctrina de los actos propios, no puede ser considerada para justificar la improcedencia del pago de los bonos reclamados en autos, […]

3.- Es procedente el cuestionamiento formulado por la parte demandada en orden a que no debe incluirse el SAC para el cálculo de la indemnización del art. 245 de la LCT, en función del criterio que viene sosteniendo esta Sala, entre otros en autos: “CARRASCO JORGE HUMBERTO CONTRA TEXEY S.R.L. SOBRE DESPIDO POR OTRAS CAUSALES”, (Expte. Nº 420662/2010), que establece que para el cálculo de la indemnización por antigüedad es necesario que el salario sea abonado de manera mensual.

4.- […] al no existir constancias de la entrega del “certificado de trabajo”, se encuentra acreditado el supuesto de hecho que da nacimiento a la multa prevista en el artículo 80, […]

03/11/2016

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