"PETRACCA JOSE ALBERTO C/ INDALO S. A. Y OTRO S/ D. Y P. USO AUTOMOTOR (SIN LESION)" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Gigena Basombrio, FedericoLegajo: 472234-2012.Fecha de la Resolución: 13/10/2015.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): ACCIDENTE TRÁNSITO | BOCACALLE CON SEMAFORO | COLISION ENTRE COLECTIVO Y AUTOMOVILRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 2 p. pdf
Contenidos:
Cabe confirmar la condena por los daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito, toda vez que no encuentro controvertidos los hechos expuestos en la sentencia, de manera tal que tengo por sucedido que el colectivo cruzó con luz roja y el automotor, que circulaba por la calle Belgrano, lo hizo estando la luz amarilla del semáforo funcionando en forma intermitente. En tal sentido, y dada la gravedad de la falta cometida por el conductor del colectivo de no respetar la señal luminosa, ninguna duda puede caber acerca de su total responsabilidad en el hecho dada la manifiesta imprudencia en que incurrió.
Lista(s) en las que aparece este ítem: Daños y perjuicios accidente de transito
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

Cabe confirmar la condena por los daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito, toda vez que no encuentro controvertidos los hechos expuestos en la sentencia, de manera tal que tengo por sucedido que el colectivo cruzó con luz roja y el automotor, que circulaba por la calle Belgrano, lo hizo estando la luz amarilla del semáforo funcionando en forma intermitente. En tal sentido, y dada la gravedad de la falta cometida por el conductor del colectivo de no respetar la señal luminosa, ninguna duda puede caber acerca de su total responsabilidad en el hecho dada la manifiesta imprudencia en que incurrió.

13/10/2015

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha