“MOZETIC EDUARDO OMAR Y OTRO C/ MACIEL JUAN ANGEL Y OTROS S/ DESALOJO SIN EXISTENCIA DE CONTRATO DE LOCACION (COMODATO, OCUPACION, ETC)" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Troncoso, Dardo Walter | Calaccio, Gabriela BelmaLegajo: 2569-2010.Fecha de la Resolución: 26/10/2016.Tipo de Resolución: Acuerdo.Tema(s): AUTORIDADES DE APLICACION | DEMANDA PROCEDENTE | DERECHOS DEL NIÑO | EJECUCION DE SENTENCIA | JUICIO DE DESALOJO | LEY APLICABLE | POSEEDOR | PROCESOS ESPECIALES | TENEDORRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 9 p. pdf
Contenidos:
1.- La circunstancia de detentar la posesión durante un tiempo, como afirman en la contestación de demanda, no cambia la condición de mero tenedor, siendo esa la relación de los demandados con el inmueble objeto de la acción -tenedores precarios- y por ello la acción de desalojo se impone.
2.- […] de manera previa al desalojo, deberá otorgarse inmediata intervención al órgano de aplicación de la ley 2302, a fin de que se tomen las medidas pertinentes y adecuadas para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que habitan en el inmueble motivo de litigio.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

1.- La circunstancia de detentar la posesión durante un tiempo, como afirman en la contestación de demanda, no cambia la condición de mero tenedor, siendo esa la relación de los demandados con el inmueble objeto de la acción -tenedores precarios- y por ello la acción de desalojo se impone.

2.- […] de manera previa al desalojo, deberá otorgarse inmediata intervención al órgano de aplicación de la ley 2302, a fin de que se tomen las medidas pertinentes y adecuadas para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que habitan en el inmueble motivo de litigio.

26/10/2016

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha