"LAGOS DAVID FERNANDO C/ SALGADO CARLOS S/ ACCION REIVINDICATORIA" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Troncoso, Dardo Walter | Calaccio, Gabriela BelmaLegajo: 29823-2011.Fecha de la Resolución: 27/07/2016.Tipo de Resolución: Acuerdo.Tema(s): DERECHOS REALES | FALTA DE ACREDITACION | INMUEBLE | POSESION | PRESCRIPCION ADQUISITIVA | REIVINDICACIONRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 11 p. pdf
Contenidos:
1.- Corresponde confirmar la sentencia de grado que desestima la demanda interpuesta, toda vez que compartiendo con el magistrado la norma legal aplicable -art. 2758, 2789 y 2790 del Código Civil-, dada la calidad de las partes en juicio en relación al inmueble que el actor pretende reivindicar, éste no logró acreditar con el margen de certeza necesario que alguna vez hubiere poseído el inmueble y fuera desapoderado por el demandado.
2.- El quejoso en el extenso memorial pretende otorgar validez a los recibos de impuestos que fueran acompañados oportunamente por su parte. Sin embargo, habiendo analizado la totalidad de los mismos se advierte que la nomenclatura catastral en muchos de ellos no concuerda con la del inmueble litigioso y otros tantos carecen de la misma. Esta cuestión, unida a la circunstancia que el pago de los impuestos no constituye por sí un acto posesorio y nada prueba con relación al corpus probatorio, restan el valor convictivo que pretende darle.
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1.- Corresponde confirmar la sentencia de grado que desestima la demanda interpuesta, toda vez que compartiendo con el magistrado la norma legal aplicable -art. 2758, 2789 y 2790 del Código Civil-, dada la calidad de las partes en juicio en relación al inmueble que el actor pretende reivindicar, éste no logró acreditar con el margen de certeza necesario que alguna vez hubiere poseído el inmueble y fuera desapoderado por el demandado.

2.- El quejoso en el extenso memorial pretende otorgar validez a los recibos de impuestos que fueran acompañados oportunamente por su parte. Sin embargo, habiendo analizado la totalidad de los mismos se advierte que la nomenclatura catastral en muchos de ellos no concuerda con la del inmueble litigioso y otros tantos carecen de la misma. Esta cuestión, unida a la circunstancia que el pago de los impuestos no constituye por sí un acto posesorio y nada prueba con relación al corpus probatorio, restan el valor convictivo que pretende darle.

27/07/2016

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