"HENOCH HELMUTH WALDEMAR C/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO CON ART" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Ghisini, Fernando Marcelo | Pascuarelli, Jorge DanielLegajo: EXP 502429/2014.Fecha de la Resolución: 21/03/2019.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): ACCIDENTE DE TRABAJO | PERICIA MEDICA | VALORACIÓN DE LA PRUEBA | PERICIA PSICOLOGICA | REPLANTEO DE PRUEBA EN LA ALZADA | RECHAZO DE LA DEMANDARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 17 p. pdf
Contenidos:
1.- Debe ser confirmada la sentencia que rechaza la demanda por accidente de trabajo al considerar que no se ha acreditado la existencia de una secuela invalidante. Ello es así, por cuanto el escrito apelativo presentado incurre en el vicio de repetir nuevamente el mismo argumento utilizado en el escrito de (…) para atacar la pericia médica (…), sobre el cual y respecto de la impugnación, la experta se expidió en forma válida y justificada, respondiendo a las objeciones planteadas, sin que el actor, insistiera en más precisiones sobre las ya ofrecidas, con lo cual coincido con la valoración de la prueba hecha por el judicante de grado.
2.- Debe ser rechazado el replanteo de prueba en la Alzada, toda vez que el actor nunca enunció ni describió una afección psicológica en su demanda, a lo que debe agregarse, que tampoco aportó información de que haya sido asistido o reclamara tratamientos por ella a la ART o a la obra social durante el vínculo laboral. […] Se suma a lo expuesto, que si bien cumple con indicar cuál es la prueba que peticiona, no puede inferirse que un evento traumático del que no existen secuelas, necesariamente derive en una incapacidad psicológica por sí sola.
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1.- Debe ser confirmada la sentencia que rechaza la demanda por accidente de trabajo al considerar que no se ha acreditado la existencia de una secuela invalidante. Ello es así, por cuanto el escrito apelativo presentado incurre en el vicio de repetir nuevamente el mismo argumento utilizado en el escrito de (…) para atacar la pericia médica (…), sobre el cual y respecto de la impugnación, la experta se expidió en forma válida y justificada, respondiendo a las objeciones planteadas, sin que el actor, insistiera en más precisiones sobre las ya ofrecidas, con lo cual coincido con la valoración de la prueba hecha por el judicante de grado.

2.- Debe ser rechazado el replanteo de prueba en la Alzada, toda vez que el actor nunca enunció ni describió una afección psicológica en su demanda, a lo que debe agregarse, que tampoco aportó información de que haya sido asistido o reclamara tratamientos por ella a la ART o a la obra social durante el vínculo laboral. […] Se suma a lo expuesto, que si bien cumple con indicar cuál es la prueba que peticiona, no puede inferirse que un evento traumático del que no existen secuelas, necesariamente derive en una incapacidad psicológica por sí sola.

21/03/2019

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