"DEHAIS JOSE S/ INCIDENTE E/A147424/95" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
Legajo: EXP 41582/2004.Fecha de la Resolución: 18/12/2018.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): OBLIGACIONES DE DAR SUMAS DE DINERO | DEPOSITARIO JUDICIAL | GASTOS | INTERESES | FALTA DE PETICION | APLICACIÓN IMPROCEDENTERecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf1.- Debe ser confirmada la resolución que no condena al pago de intereses, toda vez que el peticionante ninguna mención formuló respecto a la inclusión de intereses en su crédito, tal omisión constituye un valladar para su admisión, sellando la suerte adversa de su queja (…).
2.- El TSJ se ha pronunciado expresamente por la negativa a considerar los intereses como una cuestión implícita, so pena de violentar el principio de congruencia entre las partes, habiendo señalado en la causa “Martínez” (R.I. N° 6649, Secretaría de Demandas Originarias, del 10/02/2009), que: […] Si los intereses no se peticionaron expresamente no es posible incluirlos en la condena, porque esta sólo puede comprender lo solicitado.”
18/12/2018
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