"SAN EMETERIO SEBASTIAN EZEQUIEL C/ PARADA GONZALO URIEL Y OTROS S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESIÓN O MUERTE)" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Ghisini, Fernando Marcelo | Medori, Marcelo JuanLegajo: 550917/2023.Fecha de la Resolución: 07/06/2023.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHO PROCESAL | MEDIDAS CAUTELARES | EMBARGO PREVENTIVO | AUTOMOVIL | VEROSIMILITUD DEL DERECHO | PELIGRO EN LA DEMORARecursos en línea: Texto completo Descripción: 4 p. pdf
Contenidos:
El derecho invocado luce verosímil, en tanto que la documentación acompañada en la demanda da cuenta prima facie que los daños existieron y que los mismos son productos del accidente de tránsito. En lo que al requisito de peligro en la demora se refiere, se verifica por la falta de seguro del automotor demandado -conforme surge de la certificación policial adjuntada en la demanda- y por las circunstancias mencionadas por el accionante en cuanto a que el demandado tendría intenciones de vender la unidad. Resulta entonces que existen elementos suficientes para propiciar que se revoque la decisión de grado, en cuanto rechaza la traba del embargo peticionada por el actor sobre el automóvil del demandado.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

El derecho invocado luce verosímil, en tanto que la documentación acompañada en la demanda da cuenta prima facie que los daños existieron y que los mismos son productos del accidente de tránsito. En lo que al requisito de peligro en la demora se refiere, se verifica por la falta de seguro del automotor demandado -conforme surge de la certificación policial adjuntada en la demanda- y por las circunstancias mencionadas por el accionante en cuanto a que el demandado tendría intenciones de vender la unidad. Resulta entonces que existen elementos suficientes para propiciar que se revoque la decisión de grado, en cuanto rechaza la traba del embargo peticionada por el actor sobre el automóvil del demandado.

07/06/2023

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha