"GUTIERREZ RAUL ENRIQUE C/ URRUTIA JAIME BENITO Y OTRO S/ INCIDENTE DE APELACION E/A: 514419/2016" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Pamphile, Cecilia | Pascuarelli, Jorge DanielLegajo: 53443-2017.Fecha de la Resolución: 13/06/2017.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): ACCION DE REPETICION | BOLETO DE COMPRAVENTA | CESION | INTERPRETACION RESTRICTIVA | INTERVENCION DE TERCEROS | INTERVENCION OBLIGADA | INTRUSION | JUICIO DE DESALOJO | PARTES DEL PROCESORecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
1.- […] tal como reiteradamente lo ha sostenido esta Cámara, la intervención como terceros en el proceso es de carácter restrictivo. Sin embargo, la figura de la intervención obligada (art. 94 CPCC) comprende aquella hipótesis en las cuales la parte eventualmente vencida tenga una acción regresiva contra el tercero, o medie conexidad entre la relación controvertida en el proceso y otra existente entre el tercero y alguna de las partes. (FASSI-YAÑEZ, Código Procesal Civil y Comercial, Tº 1, pags.523 y sgtes.)
2.- Es procedente la citación como tercero del hijo de los demandados por desalojo por intrusión, al sostener el actor que fue aquel quien les transfirió por boleto de compraventa el inmueble y también se formalizó la cesión de derechos a su favor en la Inmobiliaria que intervino en la operación . Ello es así, pues más allá de lo que surja de la prueba a producirse en las actuaciones principales y de lo que se resuelva en definitiva al dictar sentencia, en esta etapa inicial no puede descartarse la existencia de una controversia en común con aquél.
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1.- […] tal como reiteradamente lo ha sostenido esta Cámara, la intervención como terceros en el proceso es de carácter restrictivo. Sin embargo, la figura de la intervención obligada (art. 94 CPCC) comprende aquella hipótesis en las cuales la parte eventualmente vencida tenga una acción regresiva contra el tercero, o medie conexidad entre la relación controvertida en el proceso y otra existente entre el tercero y alguna de las partes. (FASSI-YAÑEZ, Código Procesal Civil y Comercial, Tº 1, pags.523 y sgtes.)

2.- Es procedente la citación como tercero del hijo de los demandados por desalojo por intrusión, al sostener el actor que fue aquel quien les transfirió por boleto de compraventa el inmueble y también se formalizó la cesión de derechos a su favor en la Inmobiliaria que intervino en la operación . Ello es así, pues más allá de lo que surja de la prueba a producirse en las actuaciones principales y de lo que se resuelva en definitiva al dictar sentencia, en esta etapa inicial no puede descartarse la existencia de una controversia en común con aquél.

13/06/2017

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