"POBLETE DANIEL GUSTAVO C/ GRUVERO FACUNDO JOSE S/ DESPIDO POR OTRAS CAUSALES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Ghisini, Fernando Marcelo | Medori, Marcelo JuanLegajo: 414160/2010.Fecha de la Resolución: 07/06/2023.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHOS REALES | DERECHO CIVIL Y COMERCIAL | INMUEBLE | CESIÓN DE DERECHOS | REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE | SUBASTA | INSCRIPCIÓN | DILIGENCIAMIENTO DE OFICIOS | EXPRESIÓN DE AGRAVIOS | INSUFICIENCIA DEL AGRAVIORecursos en línea: Texto completo Descripción: 7 p. pdf
Contenidos:
1.- Cuando se trata de una subasta sobre los derechos y acciones que posee el demandado sobre el 50% de un inmueble, como ocurre en el caso, es necesario citar a la cedente y anoticiar de dicha cesión a los posibles acreedores de ambas partes (cedente y cesionario), debiendo en la instancia de grado tomar todos los recaudos para evitar maniobras fraudulentas en perjuicio de los derechos de los acreedores.
2.- Una vez verificados todos los recaudos para la realización de la subasta de los derechos y acciones que el demandado detenta sobre el 50% del inmueble, en este tipo de subastas, la inscripción de dicha cesión en el Registro de la Propiedad Inmueble no es un requisito necesario para su procedencia.
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1.- Cuando se trata de una subasta sobre los derechos y acciones que posee el demandado sobre el 50% de un inmueble, como ocurre en el caso, es necesario citar a la cedente y anoticiar de dicha cesión a los posibles acreedores de ambas partes (cedente y cesionario), debiendo en la instancia de grado tomar todos los recaudos para evitar maniobras fraudulentas en perjuicio de los derechos de los acreedores.

2.- Una vez verificados todos los recaudos para la realización de la subasta de los derechos y acciones que el demandado detenta sobre el 50% del inmueble, en este tipo de subastas, la inscripción de dicha cesión en el Registro de la Propiedad Inmueble no es un requisito necesario para su procedencia.

07/06/2023

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