"CUEVAS ADRIANA MARGARITA C/ BANCO DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN S.A. S/ COBRO DE HABERES” / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Barroso, Alejandra | Calaccio, Gabriela BelmaLegajo: EXP JJUCI1 56164/2018.Fecha de la Resolución: 17/02/2022.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHO PROCESAL | ACTOS PROCESALES | PLANILLA DE LIQUIDACIÓN | INTIMACIÓN | DEPÓSITO JUDICIAL | DACIÓN EN PAGO | PRINCIPIO DE INTEGRIDAD | OBLIGACIÓN CON INTERESES | IMPUTACIÓN DEL PAGO | DISPOSICIÓN DE LA SUMA DEPOSITADARecursos en línea: Texto completo Descripción: 12 p. pdf
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Debe confirmarse el resolutorio que intima al demandado a depositar en el plazo de 48 hs. de notificado el importe que surge de la planilla practicada por la actuaria, pues a pesar de verificarse en autos el deposito de una suma de dinero, no nos encontramos ante un depósito que revista la calidad de pago íntegro y, por otra parte, la suma depositada tampoco se encontró oportunamente a disposición de la actora toda vez que el expediente se encontraba en el Tribunal Superior de Justicia por el recurso de casación planteado por el mismo demandado.
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Debe confirmarse el resolutorio que intima al demandado a depositar en el plazo de 48 hs. de notificado el importe que surge de la planilla practicada por la actuaria, pues a pesar de verificarse en autos el deposito de una suma de dinero, no nos encontramos ante un depósito que revista la calidad de pago íntegro y, por otra parte, la suma depositada tampoco se encontró oportunamente a disposición de la actora toda vez que el expediente se encontraba en el Tribunal Superior de Justicia por el recurso de casación planteado por el mismo demandado.

17/02/2022

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