"L. J. F. S/CAPACIDAD JURIDICA" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Noacco, José Ignacio | Clerici, Patricia MónicaLegajo: EXP Nº 127421/2020.Fecha de la Resolución: 08/11/2023.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): DERECHO PROCESAL | GASTOS DEL PROCESO | PERSONAS CON DISCAPACIDAD | COSTAS | HONORARIOSRecursos en línea: Texto completo Descripción: 5 p. pdf
Contenidos:
De acuerdo con nuestro codigo ritual, el verdadero causante de los gastos causídicos motivados por la denuncia es la persona declada insana o restringida en su capacidad, en cuyo exclusivo interés aquella ha sido tramitada. La circunstancia de que el Código Civil y Comercial de la Nación haya dispuesto en su art. 31 enc. e) y 36 el derecho de la persona con incapacidad a participar en el proceso judicial con asistencia letrada, debiendo el Estado porveer esa asistencia si carecede medios económicos, no modifica lo establecido en la normativa procesal.
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De acuerdo con nuestro codigo ritual, el verdadero causante de los gastos causídicos motivados por la denuncia es la persona declada insana o restringida en su capacidad, en cuyo exclusivo interés aquella ha sido tramitada.
La circunstancia de que el Código Civil y Comercial de la Nación haya dispuesto en su art. 31 enc. e) y 36 el derecho de la persona con incapacidad a participar en el proceso judicial con asistencia letrada, debiendo el Estado porveer esa asistencia si carecede medios económicos, no modifica lo establecido en la normativa procesal.

08/11/2023

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