"F. G. R. C/ S. A. C. S/ ALIMENTOS PARA LOS HIJOS" / Juzgado de Primera Instancia de Familia, Niñez y Adolescencia - Villa La Angostura - IV Circunscripción Judicial

Org. emisor: Juzgado de Primera Instancia de Familia, Niñez y Adolescencia - Villa La Angostura - IV Circunscripción JudicialFirmantes: Fortbetil, Eliana MarielLegajo: 15686/2021.Fecha de la Resolución: 23/02/2024.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHO CIVIL Y COMERCIAL | DERECHO DE FAMILIA | ALIMENTOS | AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA | INDICES DE ACTUALIZACION | INDECRecursos en línea: Texto completo Descripción: 7 p. pdf
Contenidos:
1.- Toda resolución sobre alimentos, aquella que disponga la fijación de alimentos provisorios no causa estado y puede ser modificada con anterioridad a la sentencia.
2.- El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) presentó la valorización de la canasta de crianza de la primera infancia, la niñez y la adolescencia correspondiente a la franja etaria de 0 a 12 años. La canasta incluye dos componentes: el costo mensual para adquirir los bienes y servicios para el desarrollo de infantes, niñas, niños y adolescentes, y el costo del cuidado que surge a partir de la valorización del tiempo requerido para dicha actividad. Además, se presenta por tramos de edad, los cuales se calculan de acuerdo a los niveles de escolarización y las horas de cuidado teóricas que de ellos se derivan. Con lo cual dicho índice resulta sumamente relevante para determinar la valorización de los costos reales, incluyendo las horas de cuidados, de un niño en la realidad macroeconómica inflacionaria de nuestro país.
3.- Dado que, al fijar una cuota en un monto fijo de dinero, hace que su importe se vea deteriorado con el solo transcurso del tiempo por la inflación, el pedido de aumento de cuota solicitado debe prosperar, aun cuando no se han acreditado especiales erogaciones que así lo justifiquen, y en este sentido al momento de considerar su aumento se debe tener en cuenta el dato objetivo presentado por el INDEC con la canasta de crianza.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

1.- Toda resolución sobre alimentos, aquella que disponga la fijación de alimentos provisorios no causa estado y puede ser modificada con anterioridad a la sentencia.

2.- El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) presentó la valorización de la canasta de crianza de la primera infancia, la niñez y la adolescencia correspondiente a la franja etaria de 0 a 12 años. La canasta incluye dos componentes: el costo mensual para adquirir los bienes y servicios para el desarrollo de infantes, niñas, niños y adolescentes, y el costo del cuidado que surge a partir de la valorización del tiempo requerido para dicha actividad. Además, se presenta por tramos de edad, los cuales se calculan de acuerdo a los niveles de escolarización y las horas de cuidado teóricas que de ellos se derivan. Con lo cual dicho índice resulta sumamente relevante para determinar la valorización de los costos reales, incluyendo las horas de cuidados, de un niño en la realidad macroeconómica inflacionaria de nuestro país.

3.- Dado que, al fijar una cuota en un monto fijo de dinero, hace que su importe se vea deteriorado con el solo transcurso del tiempo por la inflación, el pedido de aumento de cuota solicitado debe prosperar, aun cuando no se han acreditado especiales erogaciones que así lo justifiquen, y en este sentido al momento de considerar su aumento se debe tener en cuenta el dato objetivo presentado por el INDEC con la canasta de crianza.

23/02/2024

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha