"O. M. N. C/ F. C. S/ INC. CESACION DE CUOTA ALIMENTARIA" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
Legajo: 92509/2018.Fecha de la Resolución: 25/11/2020.Tipo de Resolución: S/N Sentencia.Tema(s): DERECHO CIVIL | FAMILIA | CUOTA ALIMENTARIA | CONVENIO DE ALIMENTOS | MODIFICACIÓN DE LA CUOTA ALIMENTARIA | TEORÍA DE LA IMPREVISIÓNRecursos en línea: Texto completo Descripción: 13 p. pdf
Contenidos:
No cualquier alteración de la situación existente al momento de celebrar el convenio sobre cuota alimentaria puede habilitar su modificación, sino que debe tratarse de una alteración sustancial, imprevisible, que torne en excesivamente onerosa la prestación a cargo del solicitante.
Existencias:
No cualquier alteración de la situación existente al momento de celebrar el convenio sobre cuota alimentaria puede habilitar su modificación, sino que debe tratarse de una alteración sustancial, imprevisible, que torne en excesivamente onerosa la prestación a cargo del solicitante.
25/11/2020
No hay comentarios en este titulo.