"A. A. C/ T. P. I. A. S/ SITUACIÓN LEY 2212" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
Legajo: EXP 133743/2022.Fecha de la Resolución: 04/05/2022.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHO CIVIL Y COMERCIAL | FAMILIA | VIOLENCIA FAMILIAR | OBJETO | MEDIDAS CAUTELARES | MEDIDA CAUTELAR IINOVATIVA | OBRA SOCIALRecursos en línea: Texto completo Descripción: 17 p. pdfLa providencia que no hace lugar a la medida de no innovar solicitada por la denunciante acerca de que siga vigente a su respecto la cobertura de la obra social que tiene el denunciado a raíz de su relación laboral debe ser confirmada, pues las medidas dictadas se observan como razonables para frenar la situación de violencia denunciada y tiende a prevenir el acaecimiento de nuevos episodios. Consiguientemente, no se advierte que la medida cautelar peticionada encuadre dentro del marco de protección de la ley 2785 ni que, como dice la recurrente, la medida sirva para la protección contra la violencia.
04/05/2022
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