"BONI LILIANA CECILIA Y OTROS C/ GUZMAN OSCAR MIGUEL ANGEL S/ JUICIO ORDINARIO" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Barroso, Alejandra | Furlotti, Pablo GLegajo: 58192/2019.Fecha de la Resolución: 04/04/2023.Tipo de Resolución: S/N Acuerdo.Tema(s): DERECHO PROCESAL | PROCESOS ESPECIALES | PROCESO SUCESORIO | ACCIÓN SUBROGATORIA | ACERVO HEREDITARIO | BIENES INMUEBLES | INSCRIPCIÓN REGISTRAL | FACULTADES DEL ACREEDORRecursos en línea: Texto completo Descripción: 11 p. pdf
Contenidos:
Si el ordenamiento legitima a los acreedores de los herederos para aceptar la herencia en nombre de su deudor y los autoriza a pedir la partición de la herencia cuando aquel fuere remiso en hacerlo, con mayor razón tendrán derecho a pedir que se lo condene a integrar definitivamente su patrimonio a través de las inscripciones pertinentes en el Registro de la Propiedad Inmueble (cuando esa actividad dependa exclusivamente de su propia conducta).
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Si el ordenamiento legitima a los acreedores de los herederos para aceptar la herencia en nombre de su deudor y los autoriza a pedir la partición de la herencia cuando aquel fuere remiso en hacerlo, con mayor razón tendrán derecho a pedir que se lo condene a integrar definitivamente su patrimonio a través de las inscripciones pertinentes en el Registro de la Propiedad Inmueble (cuando esa actividad dependa exclusivamente de su propia conducta).

04/04/2023

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