"TRONCOSO FRANCISCO Y OTRO S/ QUIEBRA" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Noacco, José IgnacioLegajo: EXP 527148/2019.Fecha de la Resolución: 28/04/2021.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHO CIVIL Y COMERCIAL | CONCURSOS Y QUIEBRAS | QUIEBRA | CESACIÓN DE PAGOS | HECHOS REVELADORES | PEDIDO DE ACREEDORESRecursos en línea: Texto completo Descripción: 8 p. pdf
Contenidos:
Exigirle al acreedor el agotamiento de la ejecución individual como argumento para rechazar la apertura de la quiebra, no resulta atendible en este caso. En primer lugar, por cuanto no es exigido por ninguna norma como recaudo previo y por encontrarse los derechos del acreedor reconocidos por sentencia firme de la Justicia Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de la ciudad de Buenos Aires. Y en segundo, ante la pasividad y falta de contestación por parte de los deudores, no se encuentran razones que pongan en crisis las afirmaciones del acreedor, respeto al estado de cesación de pagos y la insolvencia de aquellos.
Lista(s) en las que aparece este ítem: CONCURSOS Y QUIEBRAS
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

Exigirle al acreedor el agotamiento de la ejecución individual como argumento para rechazar la apertura de la quiebra, no resulta atendible en este caso. En primer lugar, por cuanto no es exigido por ninguna norma como recaudo previo y por encontrarse los derechos del acreedor reconocidos por sentencia firme de la Justicia Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de la ciudad de Buenos Aires. Y en segundo, ante la pasividad y falta de contestación por parte de los deudores, no se encuentran razones que pongan en crisis las afirmaciones del acreedor, respeto al estado de cesación de pagos y la insolvencia de aquellos.

28/04/2021

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha