"PROVINCIA DEL NEUQUEN C/ LABRAÑA EDUARDO S/ APREMIO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
Legajo: EXD 479099/2012.Fecha de la Resolución: 14/09/2022.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHO PROCESAL | MODOS ANORMALES DE TERMINACIÓN DEL PROCESO | CADUCIDAD DE INSTANCIA | PURGA AUTOMÁTICA | PRIMER ANOTICIAMIENTO | DOCTRINA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIARecursos en línea: Texto completo Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
La instancia no se encuentra perimida, ya que entre el último acto impulsorio y el pedido de caducidad de instancia -formulado por el defensor de ausentes- no transcurrió el plazo de caducidad del art. 310 inc. 2° del CPCyC (cfr. TSJ “PROVINCIA DEL NEUQUÉN c/ FERRADA, JOSÉ MIGUEL s/ APREMIO”, Expediente JNQJE1 N° 482.395 – Año 2012, Ac. 35 del 16/08/2022).
Existencias:
La instancia no se encuentra perimida, ya que entre el último acto impulsorio y el pedido de caducidad de instancia -formulado por el defensor de ausentes- no transcurrió el plazo de caducidad del art. 310 inc. 2° del CPCyC (cfr. TSJ “PROVINCIA DEL NEUQUÉN c/ FERRADA, JOSÉ MIGUEL s/ APREMIO”, Expediente JNQJE1 N° 482.395 – Año 2012, Ac. 35 del 16/08/2022).
14/09/2022
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