"CHIARGMIN S.R.L. C/ PROVINCIA DE NEUQUEN S/ ACCIÓN DE AMPARO" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Troncoso, Dardo Walter | Calaccio, Gabriela BelmaLegajo: EXP 33947/2016.Fecha de la Resolución: 05/09/2019.Tipo de Resolución: S/N Acuerdo.Tema(s): DERECHO CONSTITUCIONAL | ACCIÓN DE AMPARO | EXPLOTACIÓN DE MINERALES | TASAS | EXENCIONES IMPOSITIVA | RECHAZO | BUENA FE CONTRACTUAL | BUENA FE PROCESAL | TEORÍA DE LOS ACTOS PROPIOSRecursos en línea: Texto completo Descripción: 24 p. pdf
Contenidos:
Debe ser rechazado el planteo formulado por la amparista pretendiendo lograr la inconstitucionalidad del régimen de tasas por transportes de minerales al que voluntariamente se sometió, con el dato no menor, de que el mismo constituyó la llave para acceder a la explotación de la concesión minera, para luego cuestionar la constitucionalidad precisamente de ese régimen, toda vez que con tal proceder revela poco apego a la buena fe contractual y mucho más desapego a la buena fe procesal, que como principio debe guiar los procesos judiciales.
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Debe ser rechazado el planteo formulado por la amparista pretendiendo lograr la inconstitucionalidad del régimen de tasas por transportes de minerales al que voluntariamente se sometió, con el dato no menor, de que el mismo constituyó la llave para acceder a la explotación de la concesión minera, para luego cuestionar la constitucionalidad precisamente de ese régimen, toda vez que con tal proceder revela poco apego a la buena fe contractual y mucho más desapego a la buena fe procesal, que como principio debe guiar los procesos judiciales.

05/09/2019

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