“DURBHAN VANESA NOEMI C/ MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES S/ AMPARO POR MORA” / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Calaccio, Gabriela Belma | Troncoso, Dardo WalterLegajo: 55572/2018.Fecha de la Resolución: 14/03/2019.Tipo de Resolución: Acuerdo.Tema(s): DERECHO CONSTITUCIONAL | AMPARO POR MORA | RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA | PLAZO RAZONABLERecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
Corresponde fijar en diez (10) días el plazo en el que deberá resolver el reclamo administrativo la municipalidad demandada, sin que para ello sea un obstáculo la omisión de los requirentes, quienes, pese a estar debidamente notificados, no cumplieron con la orden de unificar la personería, pues este argumento fue abordado y descartado por el magistrado de grado, quien destacó varias falencias alrededor de la decisión, fundamentalmente que la sugerencia de acumular los reclamos realizada en el año 2015, no es sino más que una simple recomendación, siendo que por lo demás, afirma el a quo que los plazos se encuentran ampliamente vencidos.
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Corresponde fijar en diez (10) días el plazo en el que deberá resolver el reclamo administrativo la municipalidad demandada, sin que para ello sea un obstáculo la omisión de los requirentes, quienes, pese a estar debidamente notificados, no cumplieron con la orden de unificar la personería, pues este argumento fue abordado y descartado por el magistrado de grado, quien destacó varias falencias alrededor de la decisión, fundamentalmente que la sugerencia de acumular los reclamos realizada en el año 2015, no es sino más que una simple recomendación, siendo que por lo demás, afirma el a quo que los plazos se encuentran ampliamente vencidos.

14/03/2019

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