"YAÑEZ MIGUEL ÁNGEL C/ GALENO ART S. A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL CON ART" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
Legajo: 528210/2020.Fecha de la Resolución: 22/12/2021.Tipo de Resolución: Sentencia S/N.Tema(s): DERECHO DEL TRABAJO | ACCIDENTE DE TRABAJO | ENFERMEDAD ACCIDENTE | LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO | ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO | CARGA DE LA PRUEBA | INFORME PERICIAL | RELACION DE CAUSALIDAD | DETERMINACION DE LA INCAPACIDAD | INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDADRecursos en línea: Texto Completo Descripción: 15 p. pdf1.- Cuando se trata de una enfermedad profesional, jamás y bajo ningún concepto podríamos en los estrados Tribunalicios adjudicar las cargas probatorias tal como si se tratara de una enfermedad no enlistada, cuando ha mediado denuncia previa a la ART, dado que quien ha introducido un hecho impeditivo es la ART, quien por lo tanto deberá probarlo. Ello, claro está, siempre a condición de que el hecho sea debidamente invocado.
2.- La demanda por enfermedad profesional intentada contra una aseguradora de riesgos del trabajo debe admitirse si las labores descriptas en la demanda -no controvertidas en términos procesales-, esto es, las tareas de manejar bombas hidráulicas con presión se caracterizan como poco ergonómicas y con esfuerzo, el nexo de causalidad viene facilitado por el propio Dec. 658/96 y, según las conclusiones emergentes del dictamen pericial, fueron idóneas para producir la minusvalía detectada.
22/12/2021
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