"ALMONACID LUIS ALBERTO C/ PROVINCIA DE NEUQUEN S/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA" / Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa

Org. emisor: Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal AdministrativaFirmantes: Massei, Oscar Ermelindo | Moya, Evaldo DaríoLegajo: OPANQ2 3919/2012.Fecha de la Resolución: 16/05/2019.Tipo de Resolución: 24/19 Acuerdo.Tema(s): RESPONSABILIDAD DEL ESTADO | POLICIA | FALTA DE SERVICIO | VEJACIONES | MALTRATOS | CULPA DE LA VICTIMA | CARGA DE LA PRUEBA | Recursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 16 p. pdf
Contenidos:
Cabe revocar la sentencia que hizo lugar a la demanda iniciada por falta de servicio y cuya pretensión se asienta en hechos que podían calificarse como vejaciones o maltratos de parte de la policía practicados sin motivo alguno a detenidos que las padecieron pasivamente; mientras que el fallo condenó a la Provincia por un supuesto exceso o desproporción en el legítimo empleo de la fuerza física necesaria para vencer las resistencias y agresiones del detenido, toda vez que, si se tiene en cuenta la pruebas aportadas se desprende que la conducta del actor no fue totalmente ajena a la creación de la situación que finalmente derivó en la atención hospitalaria, pues el uso de la fuerza empleado por la Policía, para lograr que el mismo ingresara a la celda, no fue más que una consecuencia a la resistencia o agresión asumida por el propio actor. De allí, que no corresponde imponer sobre la demandada la carga de acreditar la ruptura del nexo de causalidad con la conducta descripta por el actor.
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Cabe revocar la sentencia que hizo lugar a la demanda iniciada por falta de servicio y cuya pretensión se asienta en hechos que podían calificarse como vejaciones o maltratos de parte de la policía practicados sin motivo alguno a detenidos que las padecieron pasivamente; mientras que el fallo condenó a la Provincia por un supuesto exceso o desproporción en el legítimo empleo de la fuerza física necesaria para vencer las resistencias y agresiones del detenido, toda vez que, si se tiene en cuenta la pruebas aportadas se desprende que la conducta del actor no fue totalmente ajena a la creación de la situación que finalmente derivó en la atención hospitalaria, pues el uso de la fuerza empleado por la Policía, para lograr que el mismo ingresara a la celda, no fue más que una consecuencia a la resistencia o agresión asumida por el propio actor. De allí, que no corresponde imponer sobre la demandada la carga de acreditar la ruptura del nexo de causalidad con la conducta descripta por el actor.

16/05/2019

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