"F. D. V. C/ F. A. B. S/ INC. CESACION DE CUOTA ALIMENTARIA" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
Legajo: 72822/2022.Fecha de la Resolución: 01/06/2023.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHO CIVIL Y COMERCIAL | ALIMENTOS | ALIMENTOS EN FAVOR DE LOS HIJOS | CESE DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA | CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓNRecursos en línea: Texto completo Descripción: 11 p. pdfEl alimentante no debe seguir abonando la cuota alimentaria a favor de su hijo mayor de 21 años, ya que, respecto a la carrera universitaria que pretendería seguir, solo acompañó el Plan de Estudios de carreras con orientación musical de la Universidad Nacional de Cuyo. No acreditó estar inscripto, aunque es de público y notorio conocimiento que para hacerlo debería finalizar los estudios secundarios en primer lugar. Por último, tampoco acreditó los gastos que solventaría con la cuota, ni mucho menos la imposibilidad de procurarse un trabajo remunerado, o que este le impida continuar los estudios.
01/06/2023
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