"FANTI DE SANCHEZ GRACIELA Y OTRO C/ MUNICIPALIDAD DE CENTENARIO S/ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD" / Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
Legajo: 6849/2018.Fecha de la Resolución: 01/02/2019.Tipo de Resolución: Acuerdo 01/19.Tema(s): DERECHO ADMINISTRATIVO | ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD | CONDICIONES DE PROCEDENCIA | VIGENCIA DE LA NORMA IMPUGNADA | NORMA EXTINTA | CUESTIÓN ABSTRACTARecursos en línea: Texto completo Descripción: 13 p. pdf1.- Si el objeto de la acción autónoma de inconstitucionalidad es obtener la abrogación o caducidad de una norma y los efectos de la sentencia operan hacia el futuro, es condición para su procedencia que el precepto que se cuestione sea derecho vigente: ninguna utilidad tendrá el pronunciamiento que abrogue una norma ya caduca.
2.- El objeto de la acción de inconstitucionalidad no lo constituye el enjuiciamiento de casos concretos de aplicación de la norma impugnada, sino la validez del precepto considerado en sí mismo apreciado desde la óptica constitucional, despojado de toda referencia a los casos particulares.
01/02/2019
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