"ELIZONDO JUAN MARCELO EN AUTOS “ELIZONDO JUAN MARCELO SOBRE QUIEBRA (EXPTE. N° 12235/2010) “ C/ RUGGERI MARIA DE LA PAZ S/ ACCION AUTONOMA DE NULIDAD POR COSA JUZGADA IRRITA" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
Legajo: EXP 44110/2019.Fecha de la Resolución: 03/12/2019.Tipo de Resolución: S/N Interlocutoria.Tema(s): DERECHO PROCESAL | ACTOS PROCESALES | ACCIÓN AUTÓNOMA DE NULIDAD | COSA JUZGADA ÍRRITA | RECHAZO DE LA ACCIÓNRecursos en línea: Texto completo Descripción: 5 p. pdf
Contenidos:
La acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita debe ser rechazada, pues la situación familiar actual y la disconformidad del fallido con la base estimada para la subasta dispuesta, no resultan suficientes a los fines de descalificar o invalidar las decisiones que pretende, desde que los vicios que se señala en este estado fueron advertidos por el accionante antes de que la decisión adquiera firmeza sin agotar los remedios recursivos a su alcance.
Existencias:
La acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita debe ser rechazada, pues la situación familiar actual y la disconformidad del fallido con la base estimada para la subasta dispuesta, no resultan suficientes a los fines de descalificar o invalidar las decisiones que pretende, desde que los vicios que se señala en este estado fueron advertidos por el accionante antes de que la decisión adquiera firmeza sin agotar los remedios recursivos a su alcance.
03/12/2019
No hay comentarios en este titulo.