"ROJAS CLAUDIO FERNANDO M. C/ BARCELO S/ DESPIDO INDIRECTO POR FALTA DE REGISTRACION O CONSIGNACION ERRONEA DE DATOS EN RECIBO DE HABERES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Gigena Basombrio, FedericoLegajo: 474272-2013.Fecha de la Resolución: 25/04/2017.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): CARGA DE LA PRUEBA | CONTRATO DE TRABAJO | CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO | HORAS EXTRAS | PROCEDENCIA | PRUEBARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 5 p. pdf
Contenidos:
1.- No se está en presencia de un contrato por tiempo determinado, si no existe prueba por parte del empleador y si bien en la pericia figura la referencia al contrato a plazo fijo, no surgen elementos que permitan justificar la tipología de excepción aludida.
2.- En cuanto a las horas extras, si bien esta Sala ha señalado en forma reiterada que su prueba debe ser estricta, máxime cuando se realiza el reclamo con posterioridad a la finalización de la relación laboral, en el caso de autos y en función de la prueba testimonial que menciona la sentenciante y la presunción del artículo 38 del Ritual, las mismas se encuentran debidamente demostradas.
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1.- No se está en presencia de un contrato por tiempo determinado, si no existe prueba por parte del empleador y si bien en la pericia figura la referencia al contrato a plazo fijo, no surgen elementos que permitan justificar la tipología de excepción aludida.

2.- En cuanto a las horas extras, si bien esta Sala ha señalado en forma reiterada que su prueba debe ser estricta, máxime cuando se realiza el reclamo con posterioridad a la finalización de la relación laboral, en el caso de autos y en función de la prueba testimonial que menciona la sentenciante y la presunción del artículo 38 del Ritual, las mismas se encuentran debidamente demostradas.

25/04/2017

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