"RODRIGUEZ NESTOR HUGO C/ ALPHA PIPER SERVICES S.R.L. S/ COBRO DE HABERES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Gigena Basombrio, FedericoLegajo: 472956-2012.Fecha de la Resolución: 06/04/2017.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): ACTIVIDAD PRINCIPAL | COBRO DE HABERES | CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO | ENCUADRAMIENTO SINDICAL | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION | VALORACION DE LA PRUEBARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 7 p. pdf
Contenidos:
Como bien lo indica el juez en su decisión, no hay elementos que permitan afirmar que corresponde la aplicación del convenio colectivo -petroleros- invocado por el actor. Ello es así, toda vez que la parte actora no ha producido prueba alguna suficiente que justifique la inclusión de la demandada dentro del convenio de la actividad petrolera debiéndose tener en cuenta que, en función del objeto societario, su actividad queda encuadrada dentro del supuesto previsto por el artículo 4 apartado segundo inciso 12 del convenio 76/75 -. A ello, se agrega que la prueba testimonial en modo alguno sustenta la postura del actor toda vez que la testigo C. dijo que la demandada se dedicaba a la construcción y J. C. S., si bien afirma que realizaba tareas de construcción para empresas petroleras al contestar la primera repregunta, expresa que también efectuaba construcciones civiles. Incluso de la documental adjuntada por la propia actora, bien que referida a tareas relacionadas con empresas petroleras, se destaca que realizaba obras referidas a la construcción.
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Como bien lo indica el juez en su decisión, no hay elementos que permitan afirmar que corresponde la aplicación del convenio colectivo -petroleros- invocado por el actor. Ello es así, toda vez que la parte actora no ha producido prueba alguna suficiente que justifique la inclusión de la demandada dentro del convenio de la actividad petrolera debiéndose tener en cuenta que, en función del objeto societario, su actividad queda encuadrada dentro del supuesto previsto por el artículo 4 apartado segundo inciso 12 del convenio 76/75 -. A ello, se agrega que la prueba testimonial en modo alguno sustenta la postura del actor toda vez que la testigo C. dijo que la demandada se dedicaba a la construcción y J. C. S., si bien afirma que realizaba tareas de construcción para empresas petroleras al contestar la primera repregunta, expresa que también efectuaba construcciones civiles. Incluso de la documental adjuntada por la propia actora, bien que referida a tareas relacionadas con empresas petroleras, se destaca que realizaba obras referidas a la construcción.

06/04/2017

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