"SAN MARTIN CLAUDIA VERONICA C/ PATAGONIA AR S.A. S/ DESPIDO Y COBRO DE HABERES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
Legajo: 508176-2016.Fecha de la Resolución: 04/04/2017.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): ACREDITACION DE LA PERSONERIA | ACTOS PROCESALES | INCONTESTACION DE LA DEMANDA | INTIMACION | PRESENTACION EXTEMPORANEARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdfCabe confirmar el proveído que dispuso ante la falta de cumplimiento oportuno de la intimación cursada a fin de que la parte acredite la personería invocada, hacer efectivo el apercibimiento allí dispuesto y tener por no presentado el escrito de contestación de demanda, toda vez que entendemos que la A-quo ha procedido adecuadamente, protegiendo la garantía constitucional de defensa en juicio y en la órbita de las atribuciones que le otorga el Art. 34, inc. 5° b), del Código Procesal Civil y Comercial. Así, previamente, intimó al letrado por el plazo de ley a subsanar la omisión advertida en cuanto a la acreditación de la personaría, notificación que se efectuó en debida forma, conforme lo ya expuesto, lo que se cumplió extemporáneamente.
04/04/2017
No hay comentarios en este titulo.