"AMMANN ALDO RUBEN C/ PERALES MARIA CELIA S/ DESALOJO SIN CONTRATO DE LOCACION" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Ghisini, Fernando Marcelo | Medori, Marcelo JuanLegajo: 472514-2012.Fecha de la Resolución: 21/03/2017.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): COMODATARIO | DERECHO DE RETENCION | JUICIO DE DESALOJO | MEJORAS | PROCESOS ESPECIALES | RESTITUCION DEL BIENRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
Cabe confirmar la sentencia de grado que hace lugar a la demanda de desalojo, pues si bien la demandada insiste en detentar un título legítimo a la ocupación en razón de haber ingresado con el consentimiento del actor y de haber realizado actos posesorios, acertadamente la magistrada destaca que esa situación no fue probada, para establecer que tales hechos se derivaron de la relación que mantuvo la demandada con el hijo del actor, que fue a quien sí se le entregó el bien, extremo este último que, también admitido por la demandada, importa reconocer los derechos derivados de la propiedad en cabeza del reclamante que lo habilitan entablar una acción personal como es la de desalojo para obtener recuperación del bien y exigir su restitución de aquellos que no titularizan una mejor prerrogativa para resistirse al ejercicio de su uso y goce.-
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Cabe confirmar la sentencia de grado que hace lugar a la demanda de desalojo, pues si bien la demandada insiste en detentar un título legítimo a la ocupación en razón de haber ingresado con el consentimiento del actor y de haber realizado actos posesorios, acertadamente la magistrada destaca que esa situación no fue probada, para establecer que tales hechos se derivaron de la relación que mantuvo la demandada con el hijo del actor, que fue a quien sí se le entregó el bien, extremo este último que, también admitido por la demandada, importa reconocer los derechos derivados de la propiedad en cabeza del reclamante que lo habilitan entablar una acción personal como es la de desalojo para obtener recuperación del bien y exigir su restitución de aquellos que no titularizan una mejor prerrogativa para resistirse al ejercicio de su uso y goce.-

21/03/2017

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