"VELTRI DIEGO C/ OPS S.A.C.I. S/ COBRO DE HABERES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Medori, Marcelo Juan | Medori, Marcelo JuanLegajo: 469996-2012.Fecha de la Resolución: 15/12/2016.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): CONTRATO DE TRABAJO | ENCUADRAMIENTO CONVENCIONALRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
La circunstancia de que haya habido un cambio de denominación para calificar las tareas que cumplía el trabajador sin otro elemento fáctico que amerite constatar que se trata de un verdadero cambio en sus actividades, resulta insuficiente para desconocerle derechos de índole laboral en función de la actividad que desempeñaba con anterioridad. Así entonces, el hecho de mencionar que el actor ya no encuadra en el convenio colectivo de los petroleros bajo la categoría “Supervisor de Seguridad Patrimonial”, sino que detenta la de “Auxiliar Logística”, sin brindar una explicación lógica sobre cuales han sido los motivos de tales cambios, resulta escaso para despojar al operario de derechos de índole patrimonial que en función de su actividad anterior le hubieran correspondido.
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La circunstancia de que haya habido un cambio de denominación para calificar las tareas que cumplía el trabajador sin otro elemento fáctico que amerite constatar que se trata de un verdadero cambio en sus actividades, resulta insuficiente para desconocerle derechos de índole laboral en función de la actividad que desempeñaba con anterioridad. Así entonces, el hecho de mencionar que el actor ya no encuadra en el convenio colectivo de los petroleros bajo la categoría “Supervisor de Seguridad Patrimonial”, sino que detenta la de “Auxiliar Logística”, sin brindar una explicación lógica sobre cuales han sido los motivos de tales cambios, resulta escaso para despojar al operario de derechos de índole patrimonial que en función de su actividad anterior le hubieran correspondido.

15/12/2016

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