"CAMPOS MARTA SUSANA C/ TRANSENER S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Ghisini, Fernando Marcelo | Medori, Marcelo JuanLegajo: 322294-2005.Fecha de la Resolución: 29/11/2016.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): CAMPOS ELECTROMAGNETICOS | CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD | DAÑOS Y PERJUICIOS | ENFERMEDAD DEGENERATIVA | ESCLEROSIS LATERAL AMIOTROFICA | EXPOSICION PROLONGADA | FALLECIMIENTO | PERICIAL MEDICA | PUESTO DE TRABAJO | RECHAZO DE LA ACCION | RELACION DE CAUSALIDAD | SUSTANCIAS TOXICAS | VALORACION DE LA PRUEBARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 13 p. pdf
Contenidos:
Debe desestimarse la acción de daños y perjuicios interpuesta por la esposa de un trabajador fallecido a raíz de haber padecido esclerosis lateral amiotrófica (ELA), enfermedad que a criterio de la accionante fue desencadenada por el contacto manual que tuvo con las sustancias tóxicas que contenían los líquidos refrigerantes de los equipos y por los campos electromagnéticos a los que estaban expuestos en forma continua, puesto que aún cuando el principal argumento de la actora se apoye en evidencias emanadas de dos centros de investigación donde se “sugiere” o “sospecha” como una de las causales el contacto con PCBs y las ondas electromagnéticas, fueron acertadamente relativizadas por el perito -médico neurólogo- por ausencia de confirmación científica ni de estudios epidemiológicos que las avalen; mientras, se insiste, aquel ha resaltado que en el caso concreto resulta imposible conectarlo causalmente.
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Debe desestimarse la acción de daños y perjuicios interpuesta por la esposa de un trabajador fallecido a raíz de haber padecido esclerosis lateral amiotrófica (ELA), enfermedad que a criterio de la accionante fue desencadenada por el contacto manual que tuvo con las sustancias tóxicas que contenían los líquidos refrigerantes de los equipos y por los campos electromagnéticos a los que estaban expuestos en forma continua, puesto que aún cuando el principal argumento de la actora se apoye en evidencias emanadas de dos centros de investigación donde se “sugiere” o “sospecha” como una de las causales el contacto con PCBs y las ondas electromagnéticas, fueron acertadamente relativizadas por el perito -médico neurólogo- por ausencia de confirmación científica ni de estudios epidemiológicos que las avalen; mientras, se insiste, aquel ha resaltado que en el caso concreto resulta imposible conectarlo causalmente.

29/11/2016

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