"CABRAL ALEJANDRO Y OTRA C/ PROVINCIA DE NEUQUEN (PODER JUDICIAL) S/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA" / Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa

Org. emisor: Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal AdministrativaFirmantes: Massei, Oscar Ermelindo | Kohon, Ricardo TomásLegajo: 3554-2011.Fecha de la Resolución: 07/09/2015.Tipo de Resolución: Acuerdo.Tema(s): FUNCION ADMINISTRATIVA | JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA | PAGO DE SUBROGANCIA | SUBROGANCIA | TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 11 p. pdf
Contenidos:
1.-Corresponde no hacer lugar a la demanda mediante la cual se reclama el pago de subrogancias equivalente a la tercera parte del cargo de juez de primera instancia por estar a cargo de la Secretaría de Exhortos y la Oficina de Suspensión de Juicio a Prueba, en su defecto, se los releve de tales funciones impuestas por Ac. 4116 pto. IV. Pues no se advierte que la decisión de poner dichas oficinas a cargo de los jueces correccionales haya significado la atribución de funciones de mucha mayor envergadura que las que correspondían a su cargo.
2.-[ … ] es preciso insistir en que el Tribunal Superior de Justicia como cabeza del Poder Judicial ejerce la superintendencia de la administración de justicia asignada por la Constitución Provincial (art. 240 inc. a). En orden a ello, le corresponde establecer los lineamientos generales de política en materia de indicadores, estadísticas y control de la labor jurisdiccional, el control de personal, la contratación de bienes y servicios, la ejecución presupuestaria y toda otra medida vinculada al correcto funcionamiento de este Poder del Estado. Por consiguiente, la actuación del Poder Judicial en el ejercicio de la superintendencia se encuentra amparada constitucionalmente.
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1.-Corresponde no hacer lugar a la demanda mediante la cual se reclama el pago de subrogancias equivalente a la tercera parte del cargo de juez de primera instancia por estar a cargo de la Secretaría de Exhortos y la Oficina de Suspensión de Juicio a Prueba, en su defecto, se los releve de tales funciones impuestas por Ac. 4116 pto. IV. Pues no se advierte que la decisión de poner dichas oficinas a cargo de los jueces correccionales haya significado la atribución de funciones de mucha mayor envergadura que las que correspondían a su cargo.

2.-[ … ] es preciso insistir en que el Tribunal Superior de Justicia como cabeza del Poder Judicial ejerce la superintendencia de la administración de justicia asignada por la Constitución Provincial (art. 240 inc. a). En orden a ello, le corresponde establecer los lineamientos generales de política en materia de indicadores, estadísticas y control de la labor jurisdiccional, el control de personal, la contratación de bienes y servicios, la ejecución presupuestaria y toda otra medida vinculada al correcto funcionamiento de este Poder del Estado. Por consiguiente, la actuación del Poder Judicial en el ejercicio de la superintendencia se encuentra amparada constitucionalmente.

07/09/2015

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