"GABINO CELSO CORREA CIA DE SERVICIOS S.R.L. - GTC C/ CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A. S/ EMBARGO PREVENTIVO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Gigena Basombrio, Federico | Clerici, Patricia MónicaLegajo: 508667-2015.Fecha de la Resolución: 30/08/2016.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): CAUTELAR AUTONOMA | GASTOS DEL PROCESO | HONORARIOS DEL ABOGADO | MEDIDAS PRECAUTORIAS | PAUTAS GENERALESRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 3 p. pdf
Contenidos:
A los fines de regular los estipendios profesionales es dable tener en cuenta que en este proceso se tramitó un embargo preventivo como medida cautelar autónoma, por lo tanto resulta de aplicación el art. 28 de la ley 1594. Ello así, la a-quo utilizó la escala mínima prevista por el art. 7 (11%). Consiguientemente y debiendo atenderse la relación que deben guardar los honorarios con el trabajo cumplido, como así también, al importe del proceso, es que elevaremos la graduación a un 13%.
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A los fines de regular los estipendios profesionales es dable tener en cuenta que en este proceso se tramitó un embargo preventivo como medida cautelar autónoma, por lo tanto resulta de aplicación el art. 28 de la ley 1594. Ello así, la a-quo utilizó la escala mínima prevista por el art. 7 (11%). Consiguientemente y debiendo atenderse la relación que deben guardar los honorarios con el trabajo cumplido, como así también, al importe del proceso, es que elevaremos la graduación a un 13%.

30/08/2016

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