"LOPEZ ROBERTO VICTOR C/ ZAPATA GILVERTO DANIEL Y OTRO S/ RESOLUCION DE CONTRATO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Medori, Marcelo Juan | Ghisini, Fernando MarceloLegajo: 404492-2009.Fecha de la Resolución: 28/06/2016.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): BOLETO DE COMPRAVENTA | COMPRA DE UN LOTE | CONTRATOS | CONTRATOS CON PRESTACIONES RECIPROCAS | FACULTAD RESOLUTORIA | PAGO EN CUOTAS | RESOLUCION DEL CONTRATORecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 12 p. pdf
Contenidos:
1.- Corresponde confirmar la sentencia que al hacer lugar parcialmente a la demanda declara resuelto el contrato de compraventa de un lote intrumentado por boleto y en consecuencia condena a los demandados a que en el plazo de diez días procedan a la restitución a la parte actora del referido inmueble, bajo apercibimiento de lanzamiento. Asimismo y en idéntico plazo, también dispone que el accionante deberá devolver las sumas que reconoce como percibidas en concepto de pago parcial del precio. Ello así, la resolución contractual resulta procedente al advertir que los demandados incumplieron su obligación de pago, al abonar únicamente 14 cuotas de las 95 cuotas pactadas en el boleto de compraventa (...), sin que hayan demostrado incumplimiento por parte del actor que le impida ejercer su derecho a pedir la resolución contractual, de conformidad con la cláusula tercera última parte del boleto suscripto por las partes.
2.- (...) no cualquier incumplimiento habilita a suspender el pago del precio, máxime cuando constituye la obligación principal del comprador en un contrato de compraventa. De allí que, el comprador no puede ampararse en el incumplimiento del vendedor relativo a todos aquellos trámites necesarios para el perfeccionamiento de la compraventa (otorgamiento de la escritura o de división), sin antes haber demostrado haber cumplido con su obligación principal, el “pago del precio”, o en su caso, haber procedido a consignarlo judicialmente.
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1.- Corresponde confirmar la sentencia que al hacer lugar parcialmente a la demanda declara resuelto el contrato de compraventa de un lote intrumentado por boleto y en consecuencia condena a los demandados a que en el plazo de diez días procedan a la restitución a la parte actora del referido inmueble, bajo apercibimiento de lanzamiento. Asimismo y en idéntico plazo, también dispone que el accionante deberá devolver las sumas que reconoce como percibidas en concepto de pago parcial del precio. Ello así, la resolución contractual resulta procedente al advertir que los demandados incumplieron su obligación de pago, al abonar únicamente 14 cuotas de las 95 cuotas pactadas en el boleto de compraventa (...), sin que hayan demostrado incumplimiento por parte del actor que le impida ejercer su derecho a pedir la resolución contractual, de conformidad con la cláusula tercera última parte del boleto suscripto por las partes.

2.- (...) no cualquier incumplimiento habilita a suspender el pago del precio, máxime cuando constituye la obligación principal del comprador en un contrato de compraventa. De allí que, el comprador no puede ampararse en el incumplimiento del vendedor relativo a todos aquellos trámites necesarios para el perfeccionamiento de la compraventa (otorgamiento de la escritura o de división), sin antes haber demostrado haber cumplido con su obligación principal, el “pago del precio”, o en su caso, haber procedido a consignarlo judicialmente.

28/06/2016

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