"CARDENAS JOSE GABRIEL C/ GELORMINO FEDERICO ANDRES Y OTRO S/ D. Y P. USO AUTOMOTOR (SIN LESION”)",26/05/2016,Sentencias,476624 - Año 2013" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Medori, Marcelo Juan | Ghisini, Fernando MarceloLegajo: 476624-2013.Fecha de la Resolución: 26/05/2016.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): ACCIDENTE DE TRÁNSITO | DAÑOS AL AUTOMOTOR | INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRANSITO | PRIVASION DE USO DEL AUTOMOTORRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
Corresponde rechazar el recurso y en consecuencia confirmar la sentencia de primera instancia que condena al pago por la reparación de los daños ocasionados en un rodado automotor producto de una accidente de tránsito, y por la privación de uso de mismo durante el período de reparación. Ello así por cuanto de la prueba aportada a la causa la parte actora ha logrado demostrar el importe reclamado en concepto de reparación de la unidad siniestrada. 2.- El daño por privación de uso es indemnizable cuando, en función de las reparaciones que corresponda efectuar al vehículo, éste deba permanecer en el taller para llevar adelante tal cometido, sin que sea necesario para su procedencia la prueba de los gastos en que se ha incurrido al ser privado de utilizar su rodado.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

Corresponde rechazar el recurso y en consecuencia confirmar la sentencia de primera instancia que condena al pago por la reparación de los daños ocasionados en un rodado automotor producto de una accidente de tránsito, y por la privación de uso de mismo durante el período de reparación. Ello así por cuanto de la prueba aportada a la causa la parte actora ha logrado demostrar el importe reclamado en concepto de reparación de la unidad siniestrada. 2.- El daño por privación de uso es indemnizable cuando, en función de las reparaciones que corresponda efectuar al vehículo, éste deba permanecer en el taller para llevar adelante tal cometido, sin que sea necesario para su procedencia la prueba de los gastos en que se ha incurrido al ser privado de utilizar su rodado.

26/05/2016

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha