"PROVINCIA DEL NEUQUEN C/ MERCADO CIUDAD DE BUENOS AIRES S.A. S/ APREMIO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Medori, Marcelo Juan | Ghisini, Fernando MarceloLegajo: 490944-2013.Fecha de la Resolución: 27/08/2015.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): ANALISIS | CAUSA DE LA OBLIGACIÓN | EJECUCIÓN FISCAL | EXCEPCIÓN DE INHABILIDAD DE TÍTULO | FALTA DE LEGITIMACION PASIVA | IMPUESTO INMOBILIARIO | INFORME DE DOMINIO | INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE | PROCESOS DE EJECUCIÓNRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 5 p. pdf
Contenidos:
1.- [...] esta Cámara y en particular el suscripto ha denegado el análisis de la causa del título en numerosos pronunciamientos. Sin embargo dicha postura ha admitido varias excepciones toda vez que no se trata de un principio riguroso, inflexible y aplicable siempre y en toda circunstancia. Se trata de una hipótesis verosímil pero, que frente la evidencia de la improcedencia del reclamo, debe ceder ante la realidad por cuanto la función del juez es hacer justicia en el caso concreto y no aferrarse inútilmente a posturas puramente formales.
2.- Conforme informe de dominio de los inmuebles individualizados [...], la demandada no detenta la titularidad de dominio de los referidos inmuebles desde el año 1966, por lo tanto entiendo que la excepción de inhabilidad de título (falta de legitimación pasiva) habrá de prosperar.
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1.- [...] esta Cámara y en particular el suscripto ha denegado el análisis de la causa del título en numerosos pronunciamientos. Sin embargo dicha postura ha admitido varias excepciones toda vez que no se trata de un principio riguroso, inflexible y aplicable siempre y en toda circunstancia. Se trata de una hipótesis verosímil pero, que frente la evidencia de la improcedencia del reclamo, debe ceder ante la realidad por cuanto la función del juez es hacer justicia en el caso concreto y no aferrarse inútilmente a posturas puramente formales.

2.- Conforme informe de dominio de los inmuebles individualizados [...], la demandada no detenta la titularidad de dominio de los referidos inmuebles desde el año 1966, por lo tanto entiendo que la excepción de inhabilidad de título (falta de legitimación pasiva) habrá de prosperar.

27/08/2015

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