"SANDOVAL JUAN RAMON C/ SAN ANTONIO INTERNACIONAL SA S/DESPIDO Y COBRO DE HABERES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Noacco, José IgnacioLegajo: 513386/2018.Fecha de la Resolución: 19/04/2024.Tipo de Resolución: S/N Sentencia.Tema(s): DERECHO DEL TRABAJO | CONTRATO DE TRABAJO | DESPIDO CON CAUSA | PÉRDIDA DE CONFIANZA | INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO | TOPE INDEMNIZATORIO | AUTORIDAD ADMINISTRATIVA | FALTA DE PUBLICACIONRecursos en línea: Texto completo Descripción: 17 p. pdf
Contenidos:
1.- Los topes del art. 245 de la LCT no van de la mano con la homologación del acuerdo salarial, ni son una consecuencia directa y automática de aquél. La LCT no sólo pone en cabeza del Ministerio de Trabajo la publicación de los topes, sino también su fijación.
2.- Las partes, ni menos aún el empleador unilateralmente, no pueden realizar un promedio de salarios para fijar el límite del crédito.
3.- No existiendo tope publicado al momento del despido, no corresponde aplicar tope legal alguno.
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1.- Los topes del art. 245 de la LCT no van de la mano con la homologación del acuerdo salarial, ni son una consecuencia directa y automática de aquél. La LCT no sólo pone en cabeza del Ministerio de Trabajo la publicación de los topes, sino también su fijación.

2.- Las partes, ni menos aún el empleador unilateralmente, no pueden realizar un promedio de salarios para fijar el límite del crédito.

3.- No existiendo tope publicado al momento del despido, no corresponde aplicar tope legal alguno.

19/04/2024

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